Con fecha 6 de julio se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio, de medidas urgentes para apoyar la reactivación económica y el empleo. Estas medidas, destinadas a apoyar el tejido productivo y social se suman a las ya publicadas en fechas anteriores a través de otros reales decretos ley 7/2020, de 12 de marzo, 8/2020, de 17 de marzo, 11/2020, de 31 de marzo y 15/2020, de 21 de abril.
En esta ocasión el Ejecutivo ha planteado un batería de medidas donde buena parte de las mismas van destinadas al sector turístico, considerado esencial a tenor del literal de dicho Real Decreto Ley. Adicionalmente también se plantean ayudas para el sector de la automoción, así como la creación de un fondo gestionado por la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) de 10.000 millones de euros para el apoyo a empresas no financieras estratégicas.
Principales medidas adoptadas:
1.- Aprobación de una línea de avales a empresas y autónomos con la finalidad de financiar determinadas inversiones. Los requisitos de esta línea, por importe de hasta 40.000 millones de euros, se establecerán por acuerdo del Consejo de Ministros.
2.- Creación de un Fondo de hasta 10.000 millones de euros destinado al apoyo temporal para reforzar la solvencia de empresas no financieras consideradas estratégicas para el tejido productivo nacional o regional. Entre otros la norma destaca sectores como los vinculados a la seguridad, salud de las personas, infraestructuras y comunicaciones. En todas estas operaciones y acciones relativas al Fondo, la SEPI actuará en nombre y representación de la Administración General del Estado, mediante la concesión de préstamos participativos, deuda subordinada, suscripción de acciones u otros instrumentos de capital.
3.- Los trabajadores autónomos y personas jurídicas con préstamos hipotecarios afectos a una actividad turística tendrán derecho a una moratoria de hasta doce meses en el pago del principal de la deuda siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
(i) estar en dificultades financieras a consecuencia de la emergencia sanitaria ocasionada por el Covid-19
(ii) el préstamo no haya sido objeto de moratorias aprobadas en Reales Decretos ley anteriores por plazos que alcancen los doce meses
(iii) no estar inmerso en concurso de acreedores con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma. La moratoria será de aplicación a las cuotas vencidas e impagadas desde el 1 de enero de 2020.
Si el inmueble afecto fuese objeto de un contrato de arrendamiento, el beneficiario de la moratoria deberá conceder al arrendatario una moratoria en el pago del arrendamiento de al menos un 70% de la cuantía de la moratoria hipotecaria, siempre que dicho aplazamiento o la condonación total o parcial de la misma no se hubiera conseguido ya por acuerdo entre las partes.
4.- Se crea un instrumento denominado “Planes de sostenibilidad turística en Destinos” para la prestación de apoyo a la inversión en actuaciones de impulso, adecuación y mejora de los destinos turísticos con el fin de aumentar su sostenibilidad. La ejecución material de las actuaciones incluidas en los Planes se llevará a cabo por las entidades locales, a las que corresponderá también la gestión de los mismos.
5.- Sistema extraordinario de financiación de proyectos para la transformación digital e innovación del sector turístico destinado a empresas privadas y trabajadores autónomos del sector turístico afectadas por la crisis del Covid-19. Esta línea de préstamos, con una dotación máxima de 216 millones de euros, concederá préstamos por importe de entre 50.000 euros y 800.000 euros, con un plazo de amortización de hasta seis años con tres de carencia. En el mismo Real Decreto ley se establecen las bases de esta convocatoria. A destacar el tipo de proyectos financiables, vinculados a la digitalización e innovación de empresas turísticas así como el cumplimiento de determinados ratios, como el nivel de fondos propios del solicitante en el momento de la solicitud (fondos propios equivalentes al 33% del total patrimonio neto y pasivo).
6.- Programa de Renovación del parque circulante español en 2020 (PLAN RENOVE 2020). El objetivo de este plan, dotado con 250 millones de euros, es estimular la demanda, activar la producción en España y promover la sustitución de los vehículos más antiguos y contaminantes. Estas ayudas se concederán de forma directa y pueden ir desde los 300 hasta los 4.000 euros, según el tipo de vehículo y del beneficiario. Podrán optar a las ayudas del plan 'Renove 2020' las adquisiciones de vehículos realizadas desde el 16 de junio de 2020. El programa finalizará el 31 de diciembre de 2020 o hasta que se agote el crédito habilitado a tal efecto.
7.- Medidas de apoyo a la prolongación del periodo de actividad de los trabajadores con contratos fijos discontinuos en los sectores de turismo, comercio y hostelería vinculados a la actividad turística. Estas medidas serán de aplicación en empresas que generen actividad productiva en los meses de julio a octubre del 2020, y que inicien o mantengan en alta durante dichos meses la ocupación de los trabajadores con contratos de carácter fijos discontinuo. Podrán aplicar una bonificación en dichos meses del 50% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, así como por los conceptos de recaudación conjunta de Desempleo, FOGASA y Formación Profesional de dichos trabajadores.
Antoni Llabrés
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