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Golden Visa: los propietarios de bienes inmuebles en España por valor superior a 500.000 euros pueden obtener la residencia directa

La Golden Visa es una de las vías más fáciles y rápidas para conseguir la residencia en España por los ciudadanos no comunitarios, y ahora también por los ciudadanos británicos que tras el Brexit han dejado de tener beneficios de movilidad y estancia dentro de la Unión Europea. Si está pensando en comprar un bien inmueble en España por valor superior a medio millón de euros, o si ya lo compró en una fecha posterior a 2014, usted tiene la posibilidad de vivir y trabajar en España, sin necesidad de visitar el país más de una vez al año.

A continuación veremos de todo lo que necesita saber sobre el visado de inversor en España.

 

Es un tipo de residencia especial destinada a todos aquellos ciudadanos no comunitarios que deseen obtener la residencia española y realicen o hayan realizado una inversión significativa en España.

 

- Permite trabajar y vivir legalmente en España.
- Únicamente se exige que el solicitante viaje a España una vez al año.
- Aporta total libertad de movimiento en toda la zona Schengen.
- El solicitante principal (inversor) puede solicitar a la vez que su permiso de residencia el permiso de residencia de su cónyuge e hijos.
- Para solicitar la Golden Visa no hace falta que el solicitante lo haga de forma física en España.

 

Tiene una duración inicial de dos años, renovables por cinco años.

Después de 10 años residiendo de forma legal en España el inversor podrá obtener la nacionalidad española.

 

Es un requisito que el solicitante haya invertido más de 500.000 euros en un bien inmueble. Si se ha adquirido junto a otra persona, se deberá dividir el valor del bien por el porcentaje de propiedad que tenga cada uno. Por ejemplo, si usted y su cónyuge han comprado por mitades, por valor de 500.000 euros, no podrá optar a este tipo de visa, puesto que la cantidad invertida por cada uno no alcanza el mínimo establecido.

 

- No ser ciudadano de un país miembro de la Unión Europea.
- Ser mayor de edad (+18 en España).
- Carecer de antecedentes penales, tanto en España como en el país en el que usted haya residido durante los últimos 5 años.
- Disponer de asistencia sanitaria cubierta en España.
- Disponer y demostrar la posesión de medios económicos suficientes para el mantenimiento tanto del inversor principal como de su familia.
- Realizar la inversión en cuestión y aportar el documento correspondiente que lo demuestre.

 

La cantidad mínima exigida (500.000 euros) debe entregarse libre de cargas e impuestos. Sin embargo, para pagar la cantidad que exceda del medio millón sí puede pedir una hipoteca.

 

La respuesta es sí. La cuestión principal a considerar es que la inversión total, incluidos todos los activos que compre, sume un total de 500.000 € (como mínimo). Así, puede comprar una propiedad valorada en 450.000 € y complementarla con una plaza de parking o un local que cueste 50.000 €.

 

Sí, siempre y cuando hubiera adquirido la propiedad después del año 2014 (año en el que entró en vigor la ley que regula la Golden Visa), y que siga siendo el titular actual del inmueble.

 

 

Desde ILLESLEX ABOGADOS le ofrecemos nuestros servicios y nos ponemos a su disposición, tanto para la obtención de la Golden Visa como para asesorarle y acompañarle en el proceso de compra de un inmueble, como expertos en derecho inmobiliario y urbanístico con más de veinte años de experiencia en el sector.

 

 

Elisabeth Bonet Ochogavía
ILLESLEX

 

Para obtener información adicional sobre el contenido de este documento puede dirigirse a ILLESLEX en info@illeslex.com

 

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