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La aprobación definitiva del plan de intervención en los ámbitos turísticos endurecerá los requisitos para la comercialización de viviendas turísticas en Mallorca

Como despacho de abogados en Mallorca especializados en derecho turístico seguimos puntualmente todas las novedades normativas respecto al alquiler vacacional. El Plan de Intervención en Ámbitos Turísticos (PIAT), cuya aprobación inicial se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) número 93 de fecha 28 de julio de 2018, se configuró como un instrumento clave para regular de forma definitiva el alquiler turístico en Mallorca.

Sin embargo, el citado texto, debía ser sometido tras su aprobación inicial a aprobación definitiva en el plazo máximo de dos años a contar desde la publicación en el BOIB de su aprobación inicial.

Si bien, la aprobación definitiva del PIAT fue uno de los principales objetivos de la legislatura anterior, las discrepancias existentes entre los distintos partidos de gobierno en torno al contenido del mismo, surgidas como consecuencia del informe emitido por la Comisión Balear de Medio Ambiente, determinaron que, finalmente, no se alcanzase el consenso necesario para lograr la aprobación definitiva durante el pasado año, tal y como inicialmente estaba previsto.

Próxima la llegada de la fecha máxima señalada, la presidenta del Consell de Mallorca, Catalina Cladera, ha anunciado en los últimos días que durante el mes de junio, ahora sí, se procederá a aprobar definitivamente el texto del PIAT.

Ello tendrá una incidencia decisiva sobre las nuevas “licencias turísticas” para viviendas que se pretendan solicitar, pues supondrá un endurecimiento de los requisitos necesarios para poder acceder a la actividad.

Entre otras, las medidas incluidas en la aprobación inicial del PIAT que deberán cumplir las viviendas que se den de alta para la comercialización de estancias turísticas a partir de la entrada en vigor del PIAT, tras su aprobación definitiva, son las siguientes:

 

Consumo y gestión del ciclo del agua:

 

Medidas de eficiencia energética:

 

Otras medidas:

 

No obstante, junto a estas exigencias podrían introducirse otras en el texto del PIAT que definitivamente se apruebe y que, por el momento, se desconocen.

El endurecimiento de los requisitos establecidos en el PIAT, que se unen a los exigidos por la Ley 8/2012 de 9 de julio de Turismo de las Islas Baleares así como en el Decreto 20/2015 que la desarrolla, tendrán una influencia decisiva en las nuevas “licencias” que se pretendan solicitar en el futuro, limitando significativamente la posibilidad de acceder a la actividad de comercialización de estancias turísticas en viviendas de uso residencial en todo el territorio de la isla de Mallorca, por cuanto muchos de tales requisitos resultan, en la práctica, muy difíciles de cumplir.

Por esta razón, resulta aconsejable que todas aquellas personas que estén interesadas en solicitar una “licencia” turística para su propiedad inicien el procedimiento lo antes posible para, así, tratar de evitar que les resulten de aplicación estas nuevas exigencias.

ILLESLEX ABOGADOS estará encantado de ayudar al propietario que desee pedir licencia turística para su vivienda.

 

Javier Blas
Jaime López
ILLESLEX

 

Para obtener información adicional sobre el contenido de este documento puede dirigirse a
ILLESLEX  en info@illeslex.com

 

 

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