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Puntos clave de la nueva Ley de Urbanismo

En Bufete Illeslex, como despacho de abogados en Mallorca especializado en Derecho Inmobiliario y Urbanismo, hemos seguido detalladamente la redacción de la nueva Ley de Urbanismo de las Islas Baleares , aprobada el pasado 29 de diciembre. Ley que fue publicada en el BOIB nº 160 el mismo día y entró en vigor el 1 de enero. 12/2017. Muchas son las novedades que contempla la nueva ley que deroga la ley 2/14 del 25 de marzo del 2014 de ordenación y uso del suelo de las Illes Balears.

A continuación, le remitimos de forma breve las novedades más relevantes: 

 
Centrándonos en las principales medidas que incorpora la Ley para alcanzar estos objetivos, podemos destacar los siguientes que incluyen dos procesos importantes:
 

 El sancionador y el de restablecimiento de la legalidad y de la realidad física alterada.
 

1.- Procedimiento sancionador:

Las sanciones por actuaciones ilegales (sin título urbanístico que las ampare) serán económicas y varía el importe.

Por obras e instalaciones ilegales en suelo urbano o urbanizable:

 
Por obras e instalaciones en suelo rústico:

 

2.- Procedimiento de restablecimiento/ejecución de las demoliciones:

 
El plazo para iniciar el procedimiento de restablecimiento de la realidad física alterada no prescribirá nunca en el suelo rústico: a partir de ahora el posible infractor sabrá que cualquier obra ilegal que se haga en el suelo rústico siempre podrá ser derribada por la Administración.
 
Se simplifican las ejecuciones de órdenes de demolición, que quedan exentas de licencia urbanística previa: se presenta el proyecto y si el ayuntamiento no dice nada en un mes, se inicia el plazo para ejecutar.

 

Otras medidas:
 
a) Se prevén multas coercitivas continuadas: del 10 % del valor de la obra ilegal y se van repitiendo CADA MES (hasta 12) hasta que el infractor lleva a cabo su demolición y restitución.
 
b) El plazo para la ejecución subsidiaria por parte de la Administración se amplía hasta los 15 años; la Ley lo introduce, siguiendo los criterios jurisprudenciales. La Administración puede ejecutar subsidiariamente desde el momento en que expira el plazo dado al infractor.
 
c) Para evitar el problema de la proximidad en el cumplimiento de la disciplina urbanística se da competencia a los consejos insulares y a las agencias y consorcios supramunicipales sobre el suelo rústico ANEI, ARIP y APT.


d) Responsabilidad de las autoridades o cargos públicos: se fijan responsabilidades para las autoridades y cargos públicos que, con conocimiento de causa y teniendo posibilidad de impedirlo, permiten la indisciplina urbanística; por ejemplo, si dejan caducar expedientes o dejan de sancionar una infracción u ordenar su restablecimiento.
 

 

Javier Blas
Socio director | Illeslex Abogados

 

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