El pasado 4 de octubre el Govern balear aprobó el Decreto-Ley 2/2019 por el que se establecieron ayudas puntuales para paliar los impactos económicos producidos por el concurso de acreedores de la agencia de viajes mayorista Thomas Cook sobre la economía de las Illes Balears, norma que entró en vigor el 6 de octubre.
En la cita normativa se establecieron, entre otras medidas, ayudas a los trabajadores afectados por el procedimiento concursal mientras este procedimiento se tramita.
Ayer, día 15 de octubre, se publicó en el BOIB la Orden del conseller Negueruela por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas a los trabajadores vinculados a empresas incursas en un proceso de acreedores a consecuencia del concurso de acreedores de Thomas Cook.
Las personas beneficiarias de estas ayudas y requisitos son trabajadores residentes en las Illes Balears de centros de trabajo ubicados al territorio de las Illes Balears vinculados a empresas incursas en un proceso de acreedores a consecuencia del concurso de acreedores de la empresa Thomas Cook y residentes en las Illes Balears. Por tanto, las ayudas no solo van destinadas a trabajadores de la citada empresa o de empresas vinculadas a dicha empresa, sino también a trabajadores de empresas hoteleras, de transporte, etc sin distinción de sector que se vean envueltas en impagos como consecuencia del citado concurso.
En todo caso, los trabajadores tienen que reunir además los requisitos siguientes:
El plazo de presentación de solicitudes es de 30 días naturales a contar desde el día siguiente del inicio del procedimiento concursal, en nuestro caso ese plazo, respecto del cocuurso de IN DESTINATION INCOMING, SLU expira el 2 de noviembre del 2019, al haberse dictado el auto del concurso de la sociedad española el 1 de octubre y tiene una vigencia máxima de cuatro meses, a contar desde el día 16 de octubre por lo que expirará el 16 de febrero del 2020.
Junto con la solicitud, los trabajadores tienen que presentar la documentación siguiente:
Finalmente, respecto a la cuantía de la ayuda, esta se cifra en 500 euros mensuales por trabajador con el tope de los 2.000 euros durante los cuatro meses de período de vigencia de estas ayudas.
Para más información, se pueden dirigir a Illeslex Abogados bien vía telefonica (971 72 80 08), correo (info@illeslexabogados.com) , y redes sociales (Facebook, Twitter y Linkedin).
12-feb-2024 / ARTICULO
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