Desde la Instrucción de 12 de febrero de 2015 de la Dirección General de Registros y Notariado las Sociedades Mercantiles tienen la obligación de llevanza de los libros societarios exclusivamente en soporte electrónico, y de realizar su legalización de forma telemática. Esto incluye tanto el Libro de Actas como el de Registro de Socios -Libro Registro de Acciones Nominativas para las Sociedades Anónimas-.
Libro de Actas - Tal y como indica la Instrucción, en el Libro de Actas deben transcribirse todas las actas de los órganos colegiados de las sociedades mercantiles, Actas de Junta General (mínimo el Acta de Junta General Ordinaria de aprobación de Cuentas Anuales), y Actas del Consejo de Administración (mínimo un acta al trimestre) en soporte electrónico. La legalización de este libro deberá realizarse todos los años.
Libro de Registro de Socios - La legalización del Libro Registro de Socios o del Libro Registro de Acciones Nominativas será obligatoria hacerla únicamente el ejercicio en que se haya producido cualquier alteración en la titularidad de las participaciones o de las acciones o se hubieran constituido gravámenes sobre las mismas.
Illeslex, despacho de abogados en Mallorca, cuenta con abogados especializados en derecho Mercantil, que están a su disposición para asesorarle en esta tramitación, y también para realizar la legalización telemática de los libros de actas y de socios.
12-feb-2024 / ARTICULO
No se pueden hacer sugerencias para mejorar el servicio. Ha sido fantástico. Se ha hecho un gran trabajo y apreciamos su apoyo en algunos nuevos asuntos menores que han surgido tras la compraventa. Con mucho gusto vamos a recomendarles a conocidos nuestros ingleses.
2015-06-04
Muy contento con el servicio.
2015-02-13
Son de mucha ayuda.
2014-09-10